La ciudad: Cádiz; la empresa, Clínicas Pascual. El conflicto: Las enfermeras se sentían discriminadas por no poder elegir entre falda y pantalón a la hora de vestir uniforme. Cobraban treinta euros menos al mes si no enseñaban las piernas, eso sí, con la posibilidad de recubrirlas con unas castas y antilujúricas medias blancas si así lo preferían.
Las enfemeras se cabrearon y, respaldadas por los sindicatos, montaron un pollo de repercusión nacional donde se mezclaban un montón de elementos para el debate: discriminación, derechos laborales, agresión flagrante a la lucha por la igualdad, machismo...
- Que resuelva el conflicto la justicia, concluyeron las partes. Y resolver lo que se dice resolver, no parece que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía haya resuelto mucho con el dictamen que este jueves ha sido dado a conocer.
Señoras y señoritas enfermeras de Clínicas Pascual -ha venido a decir el tribunal. Quien les paga tiene derecho a decidir cómo quiere que vistan ustedes en el trabajo. Así que eso es lo que hay.
Conviene señalar que las trabajadoras no se negaban a vestir uniforme. Lo que querían era poder optar entre falda y pantalón, como sucede por ejemplo en el ejército, la guardia civil o la policía, donde nadie discute el derecho de la "empresa" a vestir de uniforme a sus "empleadas y empleados".
Los jueces, como tantas otras veces, han dejado más abierto un melón de lo que ya estaba antes de que ellos le metieran mano. Los sindicatos han anunciado que recurrirán la sentencia.
J.T.
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Cabrones
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